martes, 14 de abril de 2020

Programa FASE para Medianas y Pequeñas Empresas (Mipymes)

Las Pequeñas y Medianas Empresas pueden acogerse al Programa FASE. Dicho programa 
tiene como propósito que los trabajadores preserven sus empleos y las empresas puedan hacer frente a la baja de sus actividades debido a las medidas adoptadas durante el periodo de emergencia.

En este artículo podrás conocer todos los detalles sobre el programa del Fondo de Asistencia Solidaria al Empleado (FASE) en beneficio de las Mipymes de la República Dominicana.

Tal vez te interese: Información sobre el Programa FASE

Este programa tiene dos modalidades:

FASE 1
Empresas que suspenden empleados

FASE 2
Empresas que continúan operando

Requisitos para beneficiar a mis empleados con FASE 1 

1. Los trabajadores deben estar cotizando en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) a febrero de 2020.

2. La empresa ha cerrado sus operaciones por la menor actividad económica debido a las medidas de distanciamiento social. 

¿Cómo mis empleados se beneficiarán de FASE 1?

El trabajador suspendido recibirá una transferencia del Gobierno del 70% de su salario mensual el cual nunca será menor de RD$5,000.00 ni mayor de RD$8,500.OO mensual.

*Los aportes no estarán sujetos a retenciones; ni se considerarán para fines del salario trece (13) ni para la TSS.

*Se insta a estas empresas a pagar, dentro de lo posible, el aporte restante o una proporción del monto del salario ordinario de sus trabajadores.

Requisitos para beneficiar a mis empleados de FASE 2

1. Deben ser mipymes y/o empresas manufactureras. 

2. La empresa no ha cerrado sus operaciones y continúan operando sin suspender trabajadores, con una autorización del Ministerio de Trabajo.

¿Cómo mis empleados se beneficiarán de FASE 2?
Cada trabajador recibirá una transferencia del Gobierno de RD$5,000.00 y el monto restante del salario será completado por el empleador.

*La empresa debe cumplir con el pago del resto del salario, además de todas las obligaciones relativas al pago de la seguridad social y demás. 

*Si suspende al menos un trabajador se elimina el beneficio de esta modalidad.

¿Cómo aplicar a FASE 1?

1. Los empleadores deben ingresar a la página del Ministerio de Trabajo www.mt.gob.do/fase

2. Hacer clic en el botón REGISTRARSE y seleccionar el botón FASE 1. 

3. Ingresar con su RNC y clave de acceso* al SIRLA.

4. Registrar la planilla de los empleados a través del formulario DGT3 si no lo ha completado antes.

5. Completar el formulario DGT9 para la suspensión de los empleados.

* Si la empresa no está registrada en el SIRLA puede hacerlo de manera virtual solicitando una clave de acceso en la página del Ministerio de Trabajo.

¿Cómo aplicar a FASE 2? 

1. Los empleadores deben ingresar a la página del Ministerio de Trabajo www.mt.gob.do/fase

2. Hacer clic en el botón REGISTRARSE y seleccionar el botón FASE 2.

3. Ingresar su RNC, cédula del representante de la empresa y contraseña CLASS*. 

4. Completar la plantilla seleccionando los trabajadores a los que le aplicaría el subsidio e ingresando su información bancaria.

*La contraseña CLASS es la clave de acceso que el empleador utiliza para ingresar a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).


¿Sabes cómo se clasifican las Mipymes?

Para conocer cuáles son los renglones que determinan a las Micro, Pequeña y Mediana Empresa, según la Res. No. 066-2020, accede a www.micm.gob.do

Fuente:
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