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sábado, 23 de mayo de 2020

Conoce los beneficios y quiénes pueden recibir apoyo del programa “Pa’ Ti”


El Programa de Asistencia al Trabajador independiente (PA’ TI) busca apoyar, de manera transitoria, a los trabajadores independientes elegibles con una transferencia monetaria no condicionada que les permita contrarrestar los efectos económicos de las medidas tomadas durante el periodo de emergencia.

Según El ministro de Hacienda de la República Dominicana, Donald Guerrero Ortiz, dicho programa beneficiará 202,405 trabajadores que no eran cotizantes de la Seguridad Social al 29 de febrero, pero que han visto mermar sus ingresos debido a las medidas de distanciamiento social adoptadas. 


¿Cómo se desembolsarán los aportes del gobierno a favor de los trabajadores?

Los aportes se pagarán directamente a los trabajadores en sus cuentas bancarias. El pago correspondiente al mes de mayo se empezará a pagar el día 5 de junio. El aporte de junio se pagará el 25 de junio.

¿En cuál cuenta bancaria se depositarán los fondos?

A los trabajadores independientes elegibles se les depositarán los aportes en las cuentas bancarias donde se les depositaron los recursos de los préstamos registrados en el sistema financiero.

¿De dónde saldrán los recursos para el programa?

El costo de Pa' Ti será cubierto con fondos del Gobierno Central.

¿Quiénes pueden recibir apoyo del PA' Tl?

Pueden recibir apoyo de Pa' Ti los trabajadores independientes que cumplan con los criterios siguientes:

  1. Tener un préstamo registrado, con su cédula de identidad, como trabajador por cuenta propia al 29 de febrero de 2020 en una entidad de intermediación financiera (EIF) supervisada por la Superintendencia de Bancos (SIB) o un programa de financiamiento administrado por el Gobierno Central.
  2. No presentar cotización para la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) al 29 de febrero de 2020.
  3. No ser beneficiario de los programas Quédate en Casa ni FASE.
  4. No tener una clasificación de empresa grande, local o grande nacional en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
  5. Haber realizado pagos de impuestos a DGII por hasta RD$ 150,000.


¿Cuánto aportará el gobierno dominicano a cada trabajador independiente?

Recibirán una transferencia mensual de RD$5,000 por trabajador independiente aprobado en Pa' Tl.

¿Cómo se aplica al PA' Tl?

Este ministerio, entidad que administrará el programa, estará notificando a los beneficiarios que cumplan con los criterios de elegibilidad. Los trabajadores independientes no tendrán que hacer ningún registro para aplicar.

¿Cómo saber si fuiste beneficiario del PA' Tl?

El miércoles 3 de junio, habilitaremos un portal web para que el trabajador pueda verificar si es beneficiario de Pa' Ti y el número de cuenta donde se le depositarán los aportes.

Fuentes:

domingo, 10 de mayo de 2020

Verifica fácil a cuál AFP perteneces

Una AFP o administradora de fondo de pensiones es una sociedad financiera, cuyo principal objetivo es administrar las cuentas personales de los trabajadores afiliados y otorgarles una pensión cuando estos finalicen su vida laboral, ya sea por jubilación, invalidez, vejez o accidente laboral.

¿Alguna vez te preguntaste a cuál AFP perteneces?

Una forma fácil de saberlo es con la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), la cual es la entidad estatal, autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que a nombre y representación del Estado Dominicano ejerce la función de velar por el estricto cumplimiento de la Ley 87-01 y sus normas complementarias, de proteger los intereses de los afiliados, de vigilar la solvencia financiera de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y de contribuir a fortalecer el Sistema Previsional Dominicano.

Tal vez te interese: Consulta si estas incluido en el Programa FASE

Para hacer tu consulta de AFP, la SIPEN pone a disposición una plataforma virtual para que puedas saber a qué AFP estás afiliado como ciudadano o empleado que cotiza en la TSS (Tesorería de la Seguridad Social) de la Republica Dominicana.

Puedes seguir los siguientes pasos:
1. Accede a la página www.sipen.gob.do desde el navegador de tu preferencia y da clic en servicios.

2. Busca “Consulta de AFP” y dale clic.

3. Escribe tu Cédula de Identidad y Electoral (Sin Guiones), toca la casilla “No soy un robot” y dale clic a “Consultar”.

4.
Más abajo veras un resumen de tus datos. Contiene: tu nombre, NSS (Numero de Seguridad Social), AFP a la que perteneces, fecha de tu ultimo traspaso, fecha de afiliación, estatus de afiliación y la fecha de tu última cotización.

5. Toma en cuenta que el sistema solo permite consultar una vez por día. Cuando yo lo intentaba me salía el siguiente mensaje: “(*) Usted ha agotado el límite de consulta diaria”.

¿Cómo verifico cuánto dinero tengo acumulado?

Normalmente el balance del monto acumulado en tu AFP lo envían por correo electrónico. De no ser el caso te recomiendo contactar a tu Administradora de Fondo de Pensiones.

Para ver los diferentes Entes del Sistema Dominicano de Seguridad Social puedes tocar el siguiente enlace: www.sipen.gob.do

Algunas AFP contienen un teléfono o correo para que puedas contactarlas, otras solo una página de la institución. Para estas últimas puedes buscar la sección “Contactos”.

Tal vez te interese: Ley No. 87-01, que crea El Sistema Dominicano de Seguridad Social

Contacto de la SIPEN:
Asistencia ofrecida por el Departamento de Oficina de Libre Acceso a la Información Pública (OAI), Superintendencia de Pensiones (SIPEN).

Teléfono: 809-688-0018 ext. 3111.
Correo: info@sipen.gob.do

Fuente:

martes, 14 de abril de 2020

Programa FASE para Medianas y Pequeñas Empresas (Mipymes)

Las Pequeñas y Medianas Empresas pueden acogerse al Programa FASE. Dicho programa 
tiene como propósito que los trabajadores preserven sus empleos y las empresas puedan hacer frente a la baja de sus actividades debido a las medidas adoptadas durante el periodo de emergencia.

En este artículo podrás conocer todos los detalles sobre el programa del Fondo de Asistencia Solidaria al Empleado (FASE) en beneficio de las Mipymes de la República Dominicana.

Tal vez te interese: Información sobre el Programa FASE

Este programa tiene dos modalidades:

FASE 1
Empresas que suspenden empleados

FASE 2
Empresas que continúan operando

Requisitos para beneficiar a mis empleados con FASE 1 

1. Los trabajadores deben estar cotizando en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) a febrero de 2020.

2. La empresa ha cerrado sus operaciones por la menor actividad económica debido a las medidas de distanciamiento social. 

¿Cómo mis empleados se beneficiarán de FASE 1?

El trabajador suspendido recibirá una transferencia del Gobierno del 70% de su salario mensual el cual nunca será menor de RD$5,000.00 ni mayor de RD$8,500.OO mensual.

*Los aportes no estarán sujetos a retenciones; ni se considerarán para fines del salario trece (13) ni para la TSS.

*Se insta a estas empresas a pagar, dentro de lo posible, el aporte restante o una proporción del monto del salario ordinario de sus trabajadores.

Requisitos para beneficiar a mis empleados de FASE 2

1. Deben ser mipymes y/o empresas manufactureras. 

2. La empresa no ha cerrado sus operaciones y continúan operando sin suspender trabajadores, con una autorización del Ministerio de Trabajo.

¿Cómo mis empleados se beneficiarán de FASE 2?
Cada trabajador recibirá una transferencia del Gobierno de RD$5,000.00 y el monto restante del salario será completado por el empleador.

*La empresa debe cumplir con el pago del resto del salario, además de todas las obligaciones relativas al pago de la seguridad social y demás. 

*Si suspende al menos un trabajador se elimina el beneficio de esta modalidad.

¿Cómo aplicar a FASE 1?

1. Los empleadores deben ingresar a la página del Ministerio de Trabajo www.mt.gob.do/fase

2. Hacer clic en el botón REGISTRARSE y seleccionar el botón FASE 1. 

3. Ingresar con su RNC y clave de acceso* al SIRLA.

4. Registrar la planilla de los empleados a través del formulario DGT3 si no lo ha completado antes.

5. Completar el formulario DGT9 para la suspensión de los empleados.

* Si la empresa no está registrada en el SIRLA puede hacerlo de manera virtual solicitando una clave de acceso en la página del Ministerio de Trabajo.

¿Cómo aplicar a FASE 2? 

1. Los empleadores deben ingresar a la página del Ministerio de Trabajo www.mt.gob.do/fase

2. Hacer clic en el botón REGISTRARSE y seleccionar el botón FASE 2.

3. Ingresar su RNC, cédula del representante de la empresa y contraseña CLASS*. 

4. Completar la plantilla seleccionando los trabajadores a los que le aplicaría el subsidio e ingresando su información bancaria.

*La contraseña CLASS es la clave de acceso que el empleador utiliza para ingresar a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).


¿Sabes cómo se clasifican las Mipymes?

Para conocer cuáles son los renglones que determinan a las Micro, Pequeña y Mediana Empresa, según la Res. No. 066-2020, accede a www.micm.gob.do

Fuente:

Cómo aplicar al Programa FASE

El Fondo de Asistencia Solidaria al Empleado (FASE) cuenta con dos modalidades: FASE 1 para aquellas empresas que se encuentran cotizando por sus trabajadores a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y han cerrado sus operaciones por la menor actividad económica. Y FASE 2 para los trabajadores de empresas manufactureras y micro, medianas y pequeñas empresas (MIPYMES) que continúen operando.

El objetivo de este programa es mitigar el impacto económico negativo generado por las medidas de distanciamiento social y cierre de establecimientos comerciales, ayudando a los empleados que han sido afectados por estas medidas. Es un programa orientado a apoyar que los trabajadores preserven sus empleos y sean mantenidas las nóminas de personal.

Tal vez te interese: Información sobre el Programa FASE

¿Cómo aplicar al FASE 1?
Los empleadores deben ingresar con su RNC y clave de acceso al Sistema Integrado de Registro Laboral (SIRLA) del Ministerio de Trabajo, luego completar el formulario DGT9 para la suspensión de los empleados.


Empresas que suspenden empleados

Segunda opción: https://bit.ly/3cajMCu

Si la empresa no está registrada en el SIRLA puede hacerlo de manera virtual solicitando una clave de acceso. El proceso que deberá completar es el siguiente:

a) Registrar la planilla de los empleados a través del formulario DGT3. Los datos que debe completar de cada trabajador son:
  • Nombre y apellidos
  • Fecha de nacimiento y sexo
  • Fecha de entrada
  • Salario reportado en TSS
  • Numero de seguridad social (NSS)
  • Fecha de ingreso
  • Periodo de vacaciones
  • Ocupación, cargo y turno de trabajo

b) Luego de registrar la planilla de empleados con el DGT3, deberá completar el formulario DGT9 para la suspensión de los empleados.

¿Cómo aplicar al FASE 2?
Los empleadores deberán ingresar al formulario de aplicación con su RNC, cédula del representante de la empresa y contraseña CLASS, disponible aquí:

*La contraseña CLASS es la clave de acceso que el empleador utiliza para ingresar a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).


Empresas que continúan operando

Descarga el Instructivo del Programa FASE

El Ministerio de Trabajo de la República Dominicana ha creado un instructivo (manual) paso a paso para que el empleador pueda registrar correctamente a sus trabajadores al programa FASE.

Tal vez te interese: Cómo aplicar al Programa FASE

El Fondo de Asistencia Solidaria al Empleado (FASE) tiene la finalidad de apoyar económicamente a los trabajadores que se han visto afectados por las medidas adoptadas durante el período de emergencia. Con dicho programa, se busca garantizar que los trabajadores puedan mantener su consumo básico y llevar alivio a sus familias. 

Te recomendamos el articulo publicado por el Ministerio del Trabajo: Ministro de Trabajo informa al empleador instructivo registro programa FASE

Botón de descarga:
Puedes descargar gratis el Instructivo en formato PDF tocando la siguiente imagen o escribiendo el siguiente enlace https://bit.ly/2Xynwtq en el navegador de tu preferencia:

Tal vez te interese: Información sobre el Programa FASE

Fuente:

Información sobre el Programa FASE

El gobierno de la República Dominicana ha creado el Programa FASE, es el Fondo de Asistencia Solidaria al Empleado. Tiene la finalidad de apoyar económicamente a los trabajadores que se han visto afectados por las medidas adoptadas durante el período de emergencia. Con dicho programa, se busca garantizar que los trabajadores puedan mantener su consumo básico y llevar alivio a sus familias. El FASE tiene una vigencia de 60 días a partir del día 2 de abril del año 2020.

Tal vez te interese: Consulta si estas incluido en el Programa FASE

Vídeo explicativo del Programa FASE:




Modalidades disponibles en el Programa FASE:

FASE 1: Subvención para los trabajadores cuyas empresas:
  • Se encuentran cotizando por sus trabajadores a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS)
  • Han cerrado sus operaciones por la menor actividad económica debido a las medidas de distanciamiento social ordenadas para evitar la propagación del COVID-19.

Tal vez te interese:
¿Cómo aplicar al FASE 1?

FASE 2: Subvención para los trabajadores de empresas manufactureras y micro, medianas y pequeñas empresas (MIPYMES) que continúen operando.

Tal vez te interese: ¿Cómo aplicar al FASE 2?

¿Quiénes pueden aplicar a FASE 1?

Podrán aplicar a FASE 1 todas aquellas empresas que se vean en la obligación de suspender trabajadores por las medidas de distanciamiento social con base en las disposiciones vigentes del Código de Trabajo y se encuentren al día en sus obligaciones de pago con la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) para el período de febrero 2020.

No podrán aplicar al FASE 1 las empresas de los siguientes sectores:
  1. Supermercados, colmados, farmacias y cualquier establecimiento comercial dedicado al expendio de alimentos crudos, medicamentos y productos de higiene.
  2. Empresas de logística, distribución y transporte de materias primas y productos terminados para industria, agroindustria y alimentos.
  3. Empresas de agricultura, ganadería y pesca.
  4. Industrias de alimentos.
  5. Empresas de seguridad privada.
  6. Explotación de minas y canteras.
  7. Almacenes de expendio de distribución de alimentos, productos farmacéuticos y agroindustriales.
  8. Sector financiero, administradoras de fondo de pensiones, administradoras de riesgos laborales y sector seguros.
  9. Multimedios.
  10. Generadores de energía.
  11. Sector salud.
  12. Universidades
  13. Telecomunicaciones.
  14. Organizaciones sin fines de lucro que ya reciben transferencias del Gobierno Central.

¿Cuánto aportará el Gobierno dominicano por trabajador cuya empresa se acoja al FASE 1?
En el FASE 1, el Gobierno estará aportando el 70% del salario del trabajador. Este aporte tendrá un mínimo de RD$5,000 pesos y un máximo de RD$8,500 pesos mensuales por cada trabajador.

Aquellos trabajadores con salarios inferiores o igual a RD$5,000 pesos mensuales, recibirán una transferencia de RD$5,000 pesos mensuales, que será asumida en un 100% por el Gobierno.

Aquellos trabajadores que tengan salarios superiores a los RD$5,000 pesos mensuales, estarán recibiendo un aporte mensual que será cubierto en un 70% por el Gobierno hasta un monto máximo de RD$8,500 pesos mensuales por trabajador.

Los aportes efectuados por el Gobierno a estos empleados suspendidos no estarán sujetos a retenciones de ningún tipo; tampoco se considerarán computables para fines del salario trece (13) ni para la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).

¿El aporte del empleador al trabajador durante la suspensión es obligatorio para acogerse al FASE 1?

No, se insta a los empleadores de manera voluntaria dentro de sus posibilidades a que realicen el aporte restante en proporción del monto del salario ordinario de sus trabajadores.

¿Quiénes pueden aplicar a FASE 2?
Podrán aplicar a FASE 2 las empresas que continúen operando y mantengan su planilla de empleados vigente sin cambios, específicamente aquellas que son manufactureras y las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES). Para acceder al apoyo del FASE 2, los empleadores no pueden suspender a ningún trabajador durante el mes respectivo. Si suspende al menos un trabajador se elimina automáticamente la subvención del FASE 2.

No podrán aplicar al FASE 2 las empresas de los siguientes sectores:
  1. Supermercados, colmados, farmacias y cualquier establecimiento comercial dedicado al expendio de alimentos crudos, medicamentos y productos de higiene.
  2. Empresas de logística, distribución y transporte de materias primas y productos terminados para industria, agroindustria y alimentos.
  3. Empresas de agricultura, ganadería y pesca.
  4. Industrias de alimentos.
  5. Empresas de seguridad privada.
  6. Explotación de minas y canteras.
  7. Almacenes de expendio de distribución de alimentos, productos farmacéuticos y agroindustriales.
  8. Sector financiero, administradoras de fondo de pensiones, administradoras de riesgos laborales y sector seguros.
  9. Multimedios.
  10. Generadores de energía.
  11. Sector salud.
  12. Universidades
  13. Telecomunicaciones.
  14. Organizaciones sin fines de lucro que ya reciben transferencias del Gobierno Central.

¿Cuánto aportará el Gobierno dominicano por trabajador cuya empresa se acoja al FASE 2?

En el FASE 2, se dispone de un apoyo mensual que se realizará directamente al trabajador por concepto de avance de salario por parte del Gobierno y en nombre de su empleador por un monto de RD$5,000 pesos por cada empleado. El monto restante del salario ordinario del trabajador será efectuado y completado en su totalidad por el empleador. Así como también, el empleador se compromete y obliga a cumplir con todas las obligaciones relativas al pago de la seguridad social y demás pagos correspondientes. 

¿Cómo se desembolsarán los aportes del Gobierno a favor de los trabajadores?

Los aportes del Gobierno se pagarán directamente a los trabajadores en sus cuentas de nómina reportadas por sus empleadores. El pago se hará quincenal a los trabajadores cuyos empleadores realizaron el proceso de aplicación correctamente. Para la nómina del mes de abril, el pago de la primera quincena se realizará a partir del día 7 de abril. No habrá pagos retroactivos.

Para los trabajadores que no tengan cuenta en una Entidad de Intermediación Financiera, se procederá a aperturar una cuenta de nómina en el Banco de Reservas a su nombre. Este proceso puede durar hasta cinco (5) días laborables.

¿Dónde se deben realizar los procesos de aplicación al FASE?
Todos los procesos del FASE 1 y FASE 2 se realizan a través del portal del Ministerio de Trabajo.

Tal vez te interese: Cómo aplicar al Programa FASE

¿Cómo es la operatividad del Fondo de Asistencia Solidaria al Empleado?

El Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Hacienda, en coordinación con el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPRIL), son los encargados de gestionar el FASE en sus dos modalidades. A medida que se van recibiendo las solicitudes de FASE 1 y FASE 2 en el Ministerio de Trabajo, se generan bases de datos que son remitidas al Ministerio de Hacienda para proceder a efectuar los pagos correspondientes a cada trabajador registrado en el FASE, comunicando dicho pago a la empresa y al trabajador. 

¿Quiénes puede aplicar al Desistimiento Formal y Definitivo de la suspensión de sus trabajadores?

Podrán aplicar al desistimiento de la suspensión, todas aquellas empresas que realizaron la solicitud de suspensión de los Contratos de Trabajo del personal de su empresa, conforme a la solicitud realizada a través del portal del Ministerio de Trabajo y requieran inactivar el proceso de suspensión de la totalidad de sus empleados. Al confirmar el desistimiento la empresa se compromete a registrar nuevamente a sus empleados bajo el Sistema de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y a realizar el pago de las remuneraciones correspondientes en ocasión a la continuidad sin interrupción de la relación laboral existente. De igual forma, debe notificar el Desistimiento Formal y Definitivo a todo el personal afectado de su planilla de empleados.

Estas empresas renuncian al aporte bajo la modalidad FASE 1 y únicamente podrán aplicar a la modalidad FASE 2.

Fuente:

Consulta si estas incluido en el Programa FASE


El gobierno de la República Dominicana ha creado el Programa FASE, es el Fondo de Asistencia Solidaria al Empleado. Tiene la finalidad de apoyar económicamente a los trabajadores que se han visto afectados por las medidas adoptadas durante el período de emergencia. Con dicho programa, se busca garantizar que los trabajadores puedan mantener su consumo básico y llevar alivio a sus familias. El FASE tiene una vigencia de 60 días a partir del día 2 de abril del año 2020.

Tal vez te interese: Información sobre el Programa FASE


El Ministerio de Trabajo ya cuenta con una nueva página web exclusiva para que los usuarios puedan obtener todas las informaciones relativas al Fondo de Asistencia Solidaria al Empleado (FASE) y verificar si forman parte del programa.

Pasos para consultar:


1.
Utilizando cualquier navegador de Internet, digita o dale clic a la dirección: http://fase.mt.gob.do/. Ya dentro de la página, baja un poco.


2. En Validar si mi empleador aplicó al FASE, le das clic a “Valida con tu cédula”.


3. Te saldrá la sección, “Verificación de aplicación de suspensión” escribe tu Cédula de Identidad y Electoral.


4. Luego deberás escribir el “Texto de la Imagen”.


5. Le das clic a "Consultar".


A. Si estás incluido en el Programa FASE te dirá: “Su empleador ya aplicó al FASE y fue aprobado. Por favor, espere a recibir el aporte del Gobierno en su cuenta de banco”. 

B. Si no estás incluido en el Programa FASE te dirá: “Este número de cédula no es válido para FASE. No hay registros en la TSS.”


Observaciones:

  • No es necesario dirigirse a alguna entidad bancaria para verificar si tu empleador te incluyo en el programa FASE. Puedes seguir los pasos antes mencionados. 
  • Si deseas mayor información sobre el Programa Fase puedes darle clic al siguiente texto: Información sobre el Programa FASE

lunes, 6 de abril de 2020

Información del Programa Quédate en Casa


Con la implementación del Programa Quédate en Casa, el Gobierno dominicano busca proteger los ingresos y la alimentación de las familias empobrecidas y cuyos jefes de familia son trabajadores informales durante el período de emergencia.

Tal vez te interese: Consulta si estas incluido en el Programa FASE

¿Qué es el programa Quédate en Casa?
Es una iniciativa de carácter temporal implementada por el Gobierno dominicano para aliviar las consecuencias socioeconómicas del período de emergencia.

El sistema único de beneficiarios (SIUBEN), a raíz del último estudio socioeconómico de hogares llevado a cabo entre el 2018 y 2019, ya posee todos los hogares que recibirán los aportes del programa temporal Quédate en Casa. Por el momento no se están evaluando nuevos hogares para ser incluidos.

Vídeos explicativos:

OJO: no tienes que ir a ninguna oficina gubernamental. Creado por Trompo Loco.


¿Eres un trabajador informal? Versión oficial de la Presidencia de la República Dominicana.



¿Qué recibirán?
El primer pago es de RD$2500. En el caso de familias con adultos mayores, será de RD$3500 por dos meses (abril y mayo 2020).

Forma de Pago
Los que disponen de la tarjeta Progresando con Solidaridad lo tendrán disponible de manera automática.

Si no dispones de la tarjeta del programa. Se les estará contactando directamente para realizar el proceso con su cédula de identidad electoral (Serán contactados vía telefónica para informarles de los pasos a realizar).

Favor más abajo los pasos para registrar tu número telefónico actualizado.

¿Conoces cuáles son los alimentos que puedes adquirir con tu tarjeta Progresando con Solidaridad?
Estos son los alimentos que puedes adquirir en los Comercios de la Red de Abastecimiento Social (RAS) para poder alimentarte de la manera correcta ante este virus que ataca la salud de los ciudadanos:

Aceites, mantequilla, galletas, arroz, carne, habichuelas, guandules, huevos, pasta, pollo, embutidos (salami, queso, jamón), pescado (sardina, bacalao), caréales (avena), azúcar, agua, café, harina de maíz, jugo, pan, vinagre, canela, sazón, salsa, sal, sopita vegetales, frutas, tubérculos, leche, chocolate (barra – tomado).

Está prohibido la compra de bebidas alcohólicas, dulces, cigarrillos y refrescos. * Pro Consumidor estará velando los sobreprecios y calidad de los productos.

¿Cómo verifico si formo parte del Programa Quédate en Casa?

Puedes dirigirte a la página web www.quedateencasa.gob.do y seguir los siguientes pasos:

A. Consulta tu número de cédula de identidad electoral.

B. Ingresa tu fecha de nacimiento (día/mes/ año). He notado que le pide este paso a la personas que ya forman parte del programa.

C. Si usted no forma parte del programa le dirá:

No se encuentra incluido/a para recibir el subsidio temporal «Quédate en casa».

D. Si usted está incluido en el programa le dirá:

Usted se encuentra incluido/a para recibir el subsidio temporal «Quédate en casa». Durante los meses de abril y mayo de 2020 recibirá la transferencia dos veces por mes. Cada día 8 y 20 de los meses de abril y mayo de 2020 recibirá RD$2,500 pesos, lo que hace una suma total de RD$5,000 pesos por cada mes mencionado.

Consulte los comercios que pertenecen a la Red y Abastecimiento Social (RAS) y los comercios temporales para la compra de alimentos de la canasta básica familiar.


1. Puedes registrar tu numero de teléfono actualizado y guardarlo en la base de datos.

2. Puedes verificar el Listado de Comercios y Alimentos disponibles.

3. También tienes la opción de ver aquellos locales o comercios que aceptan la Cédula de Identidad y Electoral como forma de pago.

Contacto:
Para más información puede llamar al centro de contacto 809-920-2081 y desde el interior sin cargos al 1-809-200-0063/0064.

Fuentes:



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